Corredores culturales y recreativos, como ciertos espacios o
territorios simbólica e históricamente significativos para la ciudad,
constituyen un bien intencionado concepto y estrategia urbana que el entonces
alcalde Petro ensayó implantar en el Distrito de Bogotá durante la pasada
administración capitalina.
Mediante la revitalización, apropiación y promoción de
determinados espacios encadenados a lo largo y ancho del entramado urbano, su
propósito es garantizar un ejercicio democrático y goce efectivo de las
libertades culturales y deportivas, y del derecho a la ciudad.
La estrategia de Corredores
debería ser liderada por activistas culturales en articulación con los sectores
público y privado y las comunidades que habitan los territorios implicados. Y
apunta a dinamizar los espacios que por
su importancia y significado hacen parte de la memoria colectiva de la
ciudad.
Los corredores están integrados por las prácticas cotidianas
e interculturales que desarrollan los ciudadanos según las particularidades de
cada territorio, igual que por los escenarios públicos y privados de cada
sector urbano. En este punto –y ante la idea de que el Distrito de Barranquilla
y los municipios de su área metropolitana pudieran implantar estrategias
similares a “Corredores Culturales” –vale la pena avanzar alguna ilustración
sobre las relaciones del espacio público con recreación, deporte, identidad y
cultura.
Importancia del Espacio Público
Mal que bien, toda ciudad funciona porque su tramado urbano
permite el desplazamiento de personas, objetos y vehículos. Esa trama urbana,
en su sentido más amplio, está representada en lo que llamamos “espacio
público”.
Se le ha definido como una red de espacios de libre acceso y
que constituye el soporte de la trama urbana de las ciudades en tanto sirven al
tránsito, al encuentro y a la recreación de los ciudadanos, y por ello alberga
el desarrollo de la vida cotidiana en las urbes.
El espacio público detenta esa condición en la medida en que
sirve a la ciudad y a la ciudadanía, pues es
un bien de uso colectivo destinado a satisfacer necesidades igualmente
colectivas. Y la académica de la Universidad del Rosario Laura Milena Hernández
dice que “en él tiene lugar la vida pública y por tanto constituye el génesis
de la cultura urbana: allí es donde se realizan los encuentros sociales y se
manifiesta el sentido de cultura y convivencia ciudadana”.
Por ello, “su importancia trasciende lo funcional y se le
comprende como un elemento garante de la calidad de la vida urbana que, además
de satisfacer necesidades colectivas, califica al individuo para la vida en
sociedad”.
Así, cada forma del espacio público tiene una función
particular para la ciudad: las calles sirven a la movilidad urbana, las plazas
al encuentro social y los parques a la recreación colectiva. Pero no son usos
excluyentes: un parque dotado para recrear, por ejemplo, podría brindar usos
asociados a la movilidad y al encuentro.
“Es precisamente la confluencia de múltiples formas de uso y
apropiación del espacio” –concluye la académica en su ensayo –“lo que le
confiere un sentido de identidad y le permite proyectar su valor social, es
decir, su posicionamiento como un escenario de convivencia ciudadana”.
Los estudiosos han determinado una relación de doble vía en
la construcción de identidades de los lugares y de las personas. La psicología
ambiental nos dice que “no solo el ambiente influye en la persona o la persona
en el ambiente, sino que hay una reciprocidad simultánea de influencias que van
del ambiente a la persona y viceversa”.
De
todo lo anterior se deriva, entonces, la importancia del espacio público en la
formación de valores ciudadanos. Ese valor educador que ostenta el espacio
público se fundamenta en que contiene escenarios con elementos físicos que
contribuyen a moldear las conductas del individuo con el fin de permitir la
vida en sociedad.
El derecho a la calidad de vida
En cuanto al específico binomio “Recreación y espacio
público”, entresacamos del ensayo de la académica Laura Milena Hernández estos
otros aportes:
La recreación es una de las principales funciones a las que
debe servir el espacio público, ya que provee los principales escenarios
físicos para el ejercicio de las actividades recreativas en la ciudad.
Recreación comprende el conjunto de actividades que "proporcionan
gratificación, esparcimiento y diversión a las personas", mediante
prácticas de índole cultural, deportiva o de descanso y contemplación.
Las actividades recreativas pueden ser de tipo libres o
dirigidas y son necesarias para el individuo, puesto que "hacen parte
esencial del desarrollo de las potencialidades del ser humano y del
mejoramiento de la calidad de vida individual y social". En tal sentido,
“se constituyen en garantías para un desarrollo pleno de la persona con
beneficios a nivel cognitivo, afectivo, y psicomotor”.
La recreación activa de alto rendimiento es practicada
regularmente, requiere disciplina y persigue fines netamente competitivos; la
de carácter lúdico se realiza en el tiempo libre y tiene fines de
esparcimiento. Ambas actividades demandan escenarios y dotaciones
especializadas que permitan el deporte, el juego y el entretenimiento.
Ocio y recreación son necesidades inherentes a la condición
humana. La Declaración Universal de los Derechos Humanos consagró el derecho de
toda persona al descanso y disfrute del tiempo libre; y ello vinculado a los
derechos económicos, sociales y culturales de segunda generación, los cuales
buscan "garantizar condiciones de vida digna".
La
Constitución Política de 1991 reconoció la recreación, el deporte y el
aprovechamiento del tiempo libre como derechos de todas las personas a las que
les corresponde gasto público de carácter social. Bajo este marco, para la
satisfacción de las necesidades recreativas el espacio público debe proveer los
principales escenarios para su desarrollo.
fin